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Autor Tema: DOBLE INSCRIPCION BILINGÜE
RCBARBASTRO JAIME

18/11/2009
13:28:28

Un señor nace en el año digamos 1938 y se inscribe en un Registro Civil su nacimiento, en catalán.Al año siguiente, se anula en nota marginal esa inscripción.
En 1955 se inscribe ese mismo señor en el mismo Registro Civil en castellano y en observaciones dice que se practica la inscripción en virtud de providencia de fecha tal de tal de 1955.Con esta misma fecha, se "convalida" la inscripción de 1938 en catalán, lo cual queda reflejado en nota marginal en la inscripción de 1938.
Este mismo señor se casa en Barbastro y la nota de referencia al matrimonio se hace al margen de la inscripción de 1938, no en la de 1955.
No lo entiendo, ¿no hay duplicidad de inscripciones?¿como puede convalidarse una inscripción sin cancelarse la otra?
Este señor no quiere a este respecto nada del Registro, pero me dijo que estaba inscrito en dos idiomas en dos tomos distintos de un mismo Registro Civil, y le dije que eso no podía ser... y me trajo las certificaciones!.
¿Sabe alguien algo de esto? , yo no entiendo nada.


Autor 2 Respuesta(s)
jorome

19/11/2009
8:48:04

Titulo: DOBLE INSCRIPCION BILINGÜE

En los libros oficiales de inscripciones de los Registros Civiles catalanes, correspondientes a esas fechas, los folios registrales estaban formados por dos páginas, una en catalán y la otra en castellano. Los había también que estaban formados por dos folios y cada folio con una lengua.
Las inscripciones registrales practicadas en lengua catalana quedaron sin efecto en virtud de una Órden ministerial del régimen franquista quedando, como válidas, las redactadas en lengua castellana, solamente. Hubo Registros Civiles en los que solamente se había consignado en catalán y, en virtud de aquella Órden ministerial, se practicaron nuevamente en castellano, cancelando la inscripción practicada en catalán. Hubo otros Registros Civiles que no hicieron nada, en absoluto. Hubo de todo, como siempre.
El criterio que utilizamos en nuestro Registro Civil es practicar asientos, exclusivamente, en la inscripción practicada en castellano ya que damos por cancelada (aunque no conste marginal que así lo indique) la inscripción practicada en catalán. Si sólo existe la inscripción catalana practicamos asientos marginales en castellano, en aquella inscripción principal.
Curiosa y afortunadamente, el programa INFOREG graba las inscripciones en castellano y en catalán. Parece que se ha seguido el lógico criterio seguido en tiempo de la República aunque, ahora, sin tener que practicar dos veces la misma inscripción.

Salutos,
jorome.

RCBARBASTRO JAIME

19/11/2009
14:01:54

Titulo: RESPUESTA JOROME

Muchas gracias por tu rápida y estupenda explicación, Jorome.Es un lujazo contar con tu ayuda. Un saludo.


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