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Autor Tema: DOBLE INSCRIPCION
PRESE

12/04/2010
13:15:11

LOS PADRES DE UN NIÑO ADOPTADO SOLICITAN LA DOBLE INSCRIPCION DE SU HIJO DONDE NO CONSTEN LOS DATOS ORIGINALES DE RUSIA. PUEDO HACERLA? SI ES ASI, LLEVA NOTA MARGINAL?


Autor 4 Respuesta(s)
kárbiko

13/04/2010
22:39:21

Titulo: Re: DOBLE INSCRIPCION

¿Estás en un RC Encargado o Delegado?

Es competencia para autorizarlo el RC Encargado del domicilio de los padres adoptivos..

Se recoge comparecencia solicitándolo, el Juez debe verificar que la adopción cumple con los requisitos para ser autorizada (jjajajajjaja) y se dicta resolución autorizando la inscripción primera con los datos de los padres biológicos, la marginal de adopción y cambio de apellidos de la inscrita y el inmediato traslado de dicha inscripción a otro folio (y tomo si el anterior se acaba......) de la misma sección, ya con los datos de los padres adoptivos y como lugar de nacimiento, los padres pueden haber solicitado que se ponga el del lugar de residencia de los mismos.... o no, y se deja el ...verdadero, en este caso, de Rusia....

Se hace referencia a cada una de las inscripciones, en la cancelada a la nueva que se expide y a la nueva, en observaciones se pone referencia a aquella de la que proviene..


En la solicitud, los padres pueden solicitar también el (automático) cambio del nombre del menor.... cosa que, de momento, no me consta que se pueda hacer en el caso de las adopciones nacionales...., en las que se deberá iniciar un expediente de cambio de nombre por uso habitual.... (eso es lo que vi en unas resoluciones de la DGRN. No se si alguien tiene alguna modificación al respecto).

A mi no me gusta esa solución enlas nacionales, ya que si precisamente trasladas la inscripción a otro folio para "llamémosle, no dejar rastro" de la previa adopción, y luego tienes que hacer una marginal de cambio de nombre por uso habitual.... pues no se qué carajo consigues...

Ahora tienen que contar porqué a su hijo de 18 meses lo llamaron de una forma al nacer y ahora les da por llamarlo de otra.... ¡qué le vamos a hacer! Es lo que tenemos, .. no?

PRESE

14/04/2010
8:36:30

Titulo: Re: PARA KARBIKO

Estoy en un registro delegado pero creo que no me he explicado bien. La primera inscripción previa autorización del Juez está hecha en este Registro, pero ya que está hecha con nota marginal de adopción y datos originales de Rusia, lo que solicitan los padres es la segunda inscripción de nacimiento con los datos exclusivamente adptivos

kárbko

14/04/2010
21:32:20

Titulo: Re: Titulo

perdona que no te conteste antes, pero en el trabajo no me puedo conectar a esta página...
No me funciona con el firefox, que es con el que puedo navegar allí.... ¿?¿¿¿??????

Bueno, al trapo..
Si ya te han dado la orden para la primera, se supone que en esa misma resolución se debió acordar el traslado a otro folio con los datos ya de los padres adoptivos y, si lo solicitaron éstos, el municipio de su residencia como el lugar de nacimiento del inscrito..

Si no se acordó eso.... ¿sólo se acordó hacer la primera?....
¡¡ que raro !!!!
En todo caso, si fue así, los padres deben solicitar ese nuevo traslado, que lo harán bien directamente en el RC Encargado o bien en el tuyo, remitiéndole la solicitud a aquél, a fin de que acuerde lo procedente....
Una vez que resuelvan, te mandarán un exhorto...... o pienso que así deberían hacerlo....

.carnima

22/05/2010
17:28:10

Titulo: a todos

si nunca se pidio traslado de una partida de nacimiento,se puede entender,que la persona registrada,sigue viviendo en la misma provincia registrada?


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