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Autor Tema: apellidos extranjeros cambiados
Javier Irazoqui

04/07/2008
10:57:56

De acuerdo con las últimas instrucciones que tengo, al inscribir el nacimiento de un niño extranjero que adquiere la nacionalidad española se inscribe el primero de los apellidos del padre y el primero de la madre "segun resulten de la certificación extranjero de nacimiento acompañada". En este caso que se me plantea, en la inscripción de nacimiento del RC de Malabo se inscribió el niño con los apellidos al revés, el de la madre y luego el del padre: ¿Puedo aun así seguir la regla española o me veo obligado a transcribir literalmente la certificación guineoecuatoriana? Gracias


Autor 3 Respuesta(s)
Su nombre ...

05/07/2008
1:24:54

Titulo: Re: apellidos extranjeros cambiados

El extranjero que adquiere la nacionalidad española puede conservar los apellidos que venga usando en forma distinta de la legal si así lo manifiesta en el acta de adquirirla (Art. 199 RRC). Si no opta por la conservación se inscriben los apellidos derivados de la filiación: 1º del padre y 1º de los personales de la madre (el de soltera), por ese oreden o invertidos.

prese

07/07/2008
8:59:33

Titulo: marroqui

Un niño marroquí que posee sólo un apellido, adquiere el de la madre al adquirir la nacionalidad española?

Su nombre ...

08/09/2008
12:55:50

Titulo: Re: Titulo

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