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Autor Tema: Publicidad
Javier

13/01/2011
15:46:18

Un señor bastante mal encarado nos exige ver el expediente que sirvió de base para una nota marginal en su partida de matrimonio. Podemos negarnos? Entiendo que en registro rige la LRC y no la LRJAPPAC y que la publicidad se circunscribe a las certificaciones y al examen de los libros, no?


Autor 1 Respuesta(s)
RCPALMA

14/01/2011
10:49:44

Titulo: Re: Publicidad

Mi opinión es que en el ámbito del Registro Civil el principio de la publicidad es prevalente, por lo que creo que toda persona tiene dercho a tomar conocimiento de las actuaciones que le afecten directamente, como al parecer sucede en este caso, salvo que, experesamente, tal publicidad esté prohibida por la Ley.
Un saludo.


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