REGISTRO CIVIL

FORO DEL REGISTRO CIVIL
 
Palma de Mallorca 2006 - 2018 

[ Lista de Mensajes ]

Autor Tema: INSCRIPCIÓN ADOPCIÓN
GLORIA

30/08/2012
11:35:33

Me solicitan la inscripción en en Registro de dos menores adoptadas. La adopción es nacional, las menores están inscritas en Murcia, ¿solicito traslado de inscripción? una vez realizado el traslado ¿las inscribo en mi registro con las menciones de identidad de los padres adoptantes? ¿Cómo debo comunicar a Murcia la nueva inscripción? muchas gracias


Autor 3 Respuesta(s)
RCPALMA

30/08/2012
12:50:06

Titulo: Re: INSCRIPCIÓN ADOPCIÓN

¿Las menores son extranjeras? ¿Tu registro es el del domicilio de ambos padres?

kárbiko

30/08/2012
13:25:47

Titulo: Re: INSCRIPCIÓN ADOPCIÓN

Primero, el Juzgado que concede la adopción, remitirá al RC del lugar de nacimiento un exhorto para que practiquen la marginal de adopción.

Cuando esté hecha la adopción, los progenitores irán al RC de su domicilio y solicitarán que se trasladen esas iinscripciones a ese RC y que se quiten los datos de los padres biológicos y que en su lugar se reflejen los de los adoptantes.

Remites la solicitud al RC del lugar donde consta esa inscripción y, obtenida la autorización del Juez-Encargado de ese RC, te remitirán una certificación literal.
Cuando llegue, la transcribes y comunicas los datos registrales de ese asiento para que cancelen el de origen y listo.

Saludos
kárbiko
Admininstrador de www.fororegistrocivil.com

Alicia

04/12/2013
9:22:31

Titulo: Amplío la cuestión planteada

Ante un caso similar, los padres adoptivos han ido al RC de su lugar de domicilio solicitando el traslado de inscripción y éste se lo deniega porque en la inscripción de la adopción no se ha hecho constar expresamente la nueva identidad del adoptado. Sólo consta transcrita literalmente la parte resolutiva del auto judicial en donde consta el nombre y apellidos iniciales del menor, la identidad de los adoptantes y la constitución de la adopción "con todos los efectos legales"¿Quién debe integrar esa referencia para que conste expresamente que la identidad del menor es la derivada de la adopción (nombre originario y apellidos de los adoptantes?. El Juzgado dice que a él no le corresponde, porque al decir "con todos los efectos legales" ya queda claro que adquiere por adopción los apellidos de los adoptantes.El RC del lugar de nacimiento del menor dice que a él tampoco, porque su obligación es transcribir el auto.El RC del lugar de domicilio de los padres adoptivos dice que a él tampoco, porque su obligación sería transcribir lo que viene procedente del RC del lugar de nacimiento,...Por favor ¿alguien sabe a quién le corresponde legalmente la obligación de reflejar la nueva identidad del menor adoptado?.Por cierto, el Juzgado definitivamente ha cerrado la puerta a ser él quien lo haga,...Muchas gracias,Saludos


Insertar Respuesta

 
Nombre:
Titulo:
Text:
Publicar:  (Marquelo para que su mensaje se publique.)

[ Lista de Mensajes ]

AVISO IMPORTANTE: Este Foro tiene como único objetivo hablar de temas relacionados con la Registro Civil. Por esto, se excluirán todos los mensajes y expresiones ajenas a esta finalidad.