REGISTRO CIVIL

FORO DEL REGISTRO CIVIL
 
Palma de Mallorca 2006 - 2018 

[ Lista de Mensajes ]

Autor Tema: INSCRIPCIONES COMPLETAS DE NACIONALIDADES
RCQUART

06/11/2012
12:37:28

Tenemos una duda sobre las inscripciones completas de las nacionalidades. Y es que al hacer la transcripción de la hoja de datos, si aparecen datos distintos de los que aparecen en su certificado de nacimiento de su pais, como por ejemplo la nacionalidad de los padres que ahora sean españoles y tengan DNI, ¿deberiamos poner los datos actuales o solo los de su nacimiento originarios?. Puesto que en observaciones nos dicen que la transcripcion la hacemos por la certificación del Registro Civil y la hoja de datos firmada por el declarante.


Autor 6 Respuesta(s)
Javier

06/11/2012
13:14:26

Titulo: Re: INSCRIPCIONES COMPLETAS DE NACIONALIDADES

Si nació de padre exclusivamente extranjero, así debe de constar en la inscripción en el RC español. Si el padre tenía ambas nacionalidades cuando nació el hijo, entiendo que es recomendable que conste la española. Recuerda que es una inscripción de NACIMIENTO, solo que realizada en forma tardía, por lo cual los datos deben de ser los válidos al momento del nacimiento.

Cendoreg.es

06/11/2012
20:35:05

Titulo: Re: Titulo

Este es uno de los aspectos no regulados. Y, dicho coloquialmente, "doctores tiene la Iglesia...". Bien pudiera ser objeto de consulta a la DGRN por parte del Encargado. De todos modos, la no coincidencia de datos siempre ´puede, en caso de estimarse necesario, reflejarse en el apartado "observaciones" como "texto libre".

La opinión de JM Álvarez puede ser muy interesante.

Dicho lo anterior, reflexiono la respuesta de Javier, y encuentro un aspecto que me resulta confuso: si el padre tenía ambas nacionalidades (española y otra), en el momento del nacimiento de la persona adquirente, entonces ésta es española de origen en virtud del art. 17 CC, y por tanto quedaría fuera del supuesto planteado.

Javier

06/11/2012
21:28:35

Titulo: Re: Titulo

Ciertamente que si nació de padre español sería español de origen. Diferente podríoa ser el caso si hubiera nacido de madre española y padre extranjero, dependiendo de la fecha de nacimiento y de otras coircunstancias. Pero yo creo que QUART preguntaba por el caso de una persona que adquiere la nacionalidad por residencia, y tiene padres que ahora son españoles. La nacionalidad de los padres en la inscripción del hijo es la nacionalidad en el momento del nacimiento y no la actual.

kárbiko

07/11/2012
2:10:24

Titulo: Re: Titulo

Yo te cuento lo que hago:
en principio estoy transcribiendo una certificación de un extranjero y pongo los datos de la inscripción aportada.
No pongo los datos de la documentación de los padres y si por casualidad "me obliga" a que ponga un dato, hago "el truco" que comentamos en este mensaje (http://www.fororegistrocivil.es/Foro/viewtopic.php?f=160&t=3585).
De esta manera volvemos a poder no especificar un dato que nos pide y que no consta en el momento del nacimiento (DNI, Pasaporte, NIE. Como no permite poner la cédula de su país, queda en blanco. Ya luego pondremos su NIE)

En observaciones pongo la de que se practica por transcripción y hoja de datos y pongo el número de mi expediente y el de la DGRN (no el RCC, que se confunde la gente con ellos)
Además, pongo la observación de que se trata de la inscripción de un extranjero de 1 u 2 apellidos, pues hasta ese momento no he reflejado que haya adquirido la nacionalidad.
Por eso, si en su país sólo tiene un apellido, el cuerpo principal de la inscripción va con uno sólo. Y si tiene unos apellidos de nacimiento diferentes a los que acredita ahora, en el principal van los de nacimiento.

Ahora, pasamos a las marginales. ¿108 o 109? Depende de si cambian sus apellidos o no.
Ahí ya reflejamos quien adquiere la nacionalidad, su NIE, cuándo lo hace y cómo quedan su nombre y/o apellidos.

¿Consta el matrimonio inscrito en RC Español? Entonces marginal 107
MAndo a que se haga la nota de referencia a la adquisición de la nacionalidad en esa inscripción y en la de los hijos comunes que ya consten inscritos en un RC español,..... con la salvedad de que si fueran a pedir la opción para ese hijo, esperaría para poner la marginal .. creo que es la 154... Esa de que el progenitor adquirió la nacionalidad.... El propio inscrito/su representante legal,..... ante el Encargado de .... y optó..... . Esa.

Que me traigan el/los libros de familia para actualizar esta circunstancia en el mismo (abrid y leed las tapas: hay que actualizar una vez se hace la inscripción) y a otro....

Así lo hago. y Creo que es como se debe hacer.
Se me puede haber pasado algo,.. pero a la hora que es....

RC QUART

07/11/2012
9:47:25

Titulo: Re: Titulo

Me parece correcto lo que explica Kárbiko, pero me surge la duda de poque entoncen tienen que rellenar la hoja de datos. Tambien me explicas, que hay un foro de registro civil, pero nosotros no podemos acceder, por lo que nos queda la duda de como hacer el truco que comentas. Gracias, por haberme aclarado algo mi duda.

kárbiko

08/11/2012
22:33:05

Titulo: Re: Titulo

Para acceder al foro de funcionarios hay que registrarse y rellenar los datos que se piden de tu RC.
Tendrás que indicar el email de tu RC para enviarte uno a ese en el que te llega un enlace para que actives tu cuenta.

Una vez comprobado que quien se da de alta es funcionario, se le admite en el grupo de Funcionarios y accede a los contenidos a los que está autorizado.


Insertar Respuesta

 
Nombre:
Titulo:
Text:
Publicar:  (Marquelo para que su mensaje se publique.)

[ Lista de Mensajes ]

AVISO IMPORTANTE: Este Foro tiene como único objetivo hablar de temas relacionados con la Registro Civil. Por esto, se excluirán todos los mensajes y expresiones ajenas a esta finalidad.