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Autor Tema: BODA NO CELEBRADA
DIANA

11/03/2014
13:24:05

Buenas a todos. Quería saber >¿qué hago con un expediente autorizado de matrimolnio, del que ha pasado más de un año y no han dicho nada los promoventes? No hay caducidad, porque el art. 354 RRC se refiere a inactividad durante la instrucción del mismo, de modo que no veo norma que lo regule. ¿lo archivo provisional y punto?


Autor 1 Respuesta(s)
Emilio

12/03/2014
7:37:17

Titulo: Re: BODA NO CELEBRADA

Para poderse celebrar la boda habría que realizar nueva publicación de edictos o diligencias sustitutivas, al haber transcurrido más de un año.
En estos casos entiendo que lo procedente es acordar el archivo en el legajo de Expedientes o en el de Otros Documentos (art. 98 RRC), sin perjuicio de ulterior continuación o desglose, si procediere...


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