REGISTRO CIVIL

FORO DEL REGISTRO CIVIL
 
Palma de Mallorca 2006 - 2018 

[ Lista de Mensajes ]

Autor Tema: Su título...INVERSION APELLIDOS
Su nombre...YOLANDA DE BARCELONA

26/10/2009
14:39:12

Su mensaje aquí...hOLA! Como va eso?. Vereis ha comparecido una señora que quiere invertir sus apellios, esta casada y tiene dos hijos menores de edad, yo he hecho expedientes de inversión pero eran solteros y sin hijos. Me imagino que debe comparecer el marido y decir que está conforme ya que esto afectará a las inscripciones de matrimonio y nacimientos de los hijo. He buscado en el apartado de expedientes y actas y no he encontrado nada, a ver si me podeis orientar MUCHAS GRACIAS


Autor 3 Respuesta(s)
kárbiko

03/11/2009
1:56:11

Titulo: Re: Titulo

A los hijos deberá cambiársele los apellidos tal como indica el 217 RRC.
Lo que puede el hijo es solicitar a la DGRN mantener los que viene usando hasta ahora, tal como se recoge en la Instrucción 9 de Octubre de 2008 (2ª) sobre Conservación de apellidos, que el wikiarchivero nos remitió a este enlace:
http://www.fororegistrocivil.es/Foro/viewtopic.php?p=7787#p7787

En él, termina acordando:
....
2º.- Autorizar, por delegación del Ministro de Justicia (Orden JUS/345/2005, de 7 de febrero), la conservación por la interesada de los apellidos “B. V.”, anteriores a la inscripción de la filiación paterna, no debiendo producir esta autorización efectos legales mientras no se inscriba al margen del .......

Su nombre ...YOLANDA DE BARCELONA

03/11/2009
11:03:23

Titulo: Re: Titulo INVERSION DE APELLIDOS

Su mensaje aquí...Muchas gracias por las aclaraciones, ahora ya lo tengo más claro, menos mal que contamos con la ayuda del foro si no que sería de los que nos toca tramitar en el Registro. UN SALUDO

CARLOS

27/10/2009
17:12:17

Titulo: Re: Su título...INVERSION APELLIDOS

El l Art. 217 RRC, que previene que el cambio de apellidos " alcanza a los sujetos a la patria potestad" . Por eso se le debería notificar al esposo y progenitor de sus hijos menores que el otro progenitor y tambien co-titular de la patria potestad sobre los mismos,ha modificado sus apellidos . Solo a efectos de debida constancia no a efectos de cosentimiento .


Insertar Respuesta

 
Nombre:
Titulo:
Text:
Publicar:  (Marquelo para que su mensaje se publique.)

[ Lista de Mensajes ]

AVISO IMPORTANTE: Este Foro tiene como único objetivo hablar de temas relacionados con la Registro Civil. Por esto, se excluirán todos los mensajes y expresiones ajenas a esta finalidad.