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Autor Tema: CAMBIO SEXO
Mª CARMEN R.C. CASTELLÓN

19/01/2010
10:09:21

HOLA A TODOS!
Os expongo un caso. En el año 2007 se aprobó expediente de cambio de sexo, habiendo sido diagnosticada la disforia de género, y aprobándose dicho cambio por Auto. Se practicó marginalmente en el acta de nacimiento del señor el cambio de sexo a mujer. El mismo tiene dos hijos y ahora comparece a fin de que dicho cambio de sexo se inscriba en su matrimonio y en el nacimiento de sus hijos. ( La ex- esposa está notificada).
Estoy buscando en el programa informático y así como para el cambio de sexo la nota de rectificación judicial de sexo del inscrito está clara, 155, cuando intento buscar nota para el matrimonio y el nacimiento de los hijos no encuentro referencia de cambio de sexo. ¿aplico la marginal de cambio de nombre sin más ? ¿tenéis algún caso parecido?
Otra apreciación a colación de lo indicado. Hay posibilidad de nueva inscripción sin marginales de cambio de sexo, para el que solicita dicho cambio a fin de proteger su intimidad y sin embargo luego resulta que solicitan que dicha nota se practique marginalmente en otras actas, en las cuales queda constancia. Creo que hay excesiva protección a quien cambia de sexo en perjuicio de a quien afecte.
Un saludo y gracias a tod@os.


Autor 4 Respuesta(s)
jorome

19/01/2010
14:16:57

Titulo: CAMBIO SEXO

Entiendo que no procede practicar asientos marginales de referencia al cambio de sexo y sí a la modificación del nombre. Creo que no debería prosperar tampoco un expediente de rectificación de errores dado que en el momento de practicar la inscripción principal no se incurre en error alguno.
Así entiendo que lo procedente sería calificar como desfavorable la petición efectuada y, si así lo estima la parte, que presente recurso ante la DGRN.

Saludos,
jorome.

kárbiko

19/01/2010
18:49:44

Titulo: Re: Titulo

Creo que Jorome ha mostrado el camino... aunque yo tampoco sabría si procedería hacer el cambio de nombre del padre biológico, en la inscripción de nacimiento de los hijos, ... incluso por qué no se a cual de las inscripciones haría referencia....
¿A la que ha quedado cancelada?
¿A la nueva en la que consta ya como mujer?
¿No están liando la cuestión?

Tu encargad@ .... ¿qué piensa? No estando prevista esta situación...... ¿qué diría si personalmente fuera el/la descendiente de quien se ha cambiado de sexo?

A ver qué contestan al recurso..

Mª Carmen

21/01/2010
8:30:31

Titulo: cambio sexo

Gracias por vuestras aportaciones...pero aún hay más. Tengo otro expediente de cambio de sexo que seguro se aprobará por disforia de género. Es una mujer que pasará a ser varón. Esta mujer está CASADA con otra mujer y ambas tienen dos hijos en común. Tengo claro que en cuanto tengan el certificado de nacimiento nuevo, van a solicitar que se expida nuevo libro de familia y que se inscriba el cambio de sexo en el matrimonio y en el nacimiento de sus hijos. Mi Encargada piensa igual que nosotros, pero el caso es que para calificarlo en sentido negativo, no estando prevista esta situación, no tengo claro que base legal aplicar. Lanzo la pregunta por si alguno de vosotros se ha encontrado en un caso parecido, además si en Registro civil es la Institución destinada a la constancia oficial de la existencia, estado civil y condición de las personas, deberíamos tener claro que las inscripciones deben concordar con la realidad. Pero por otro lado ¿y si esa realidad atenta contra la intimidad, y si esa realidad hace que certificados públicos sin restricción de publicidad pasen a serlo? No importa que no inscriba marginalmente el cambio de sexo, porque en cuanto inscriba marginalmente el cambio de nombre de masculino a femenino, se pasa implicitamente a evidenciar la situación ( apreciación personal).
!Qué rollo os he metido!, pero no se por donde tirar.
Un saludo y gracias.

jorome

22/01/2010
12:59:17

Titulo: cambio de sexo

La inscripción de nacimiento da fe del sexo de la persona inscrita pero no del sexo de sus progenitores. Sigo pensando que no es procedente practicar asiento marginal de referencia a la modificación de sexo de uno de los progenitores, en el Acta de nacimiento de sus descendientes aunque sí la modificación del nombre. De igual manera tampoco entendería que se pretendiera practicar un asiento marginal de referencia al cambio de domicilio de los progenitores, por ejemplo.

Saludos,
jorome.


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