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Autor Tema: Su título.. Vecindad civil
Luisa

03/05/2010
19:39:17

Su mensaje aquí. Un argentino con nacionalidad italiana que hace unos 9 años que reside en Cataluña, quiere inscribirse como pareja de hecho en el regitro del ayuntamiento, pero dicho organismo la ha solicitado que tiene que aportar un certificado de vecindad civil que se lo debe de hacer el registro civil con una comparecencia. Un extranjero puede solicitar la vecindad civil solo con la simple comparecencia? y si es así donde queda inscrita? . Lo puede hacer ante un registro civi de Paz? y como la solicita? Gracias.


Autor 2 Respuesta(s)
www.cendoreg.es

03/05/2010
23:46:25

Titulo: Vecindad civil

La Ley personal correspondiente a las personas físicas es la determinada por su nacionalidad.Código civil, art. 9

Por tanto, si la nacionalidad del sujeto no es española, no cabe hablar de vecindad civil, que determina la sujeción -del nacional español- al derecho civil común o especial o foral (art. 14 Código civil).



Su nombre ... Luisa

04/05/2010
9:40:19

Titulo: Re: Titulo

Su mensaje aquí... Gracias por tu respuesta, ya me imaginaba que no podia ser, por lo que no entiendo como el ayuntamiento le solicita tal cosa.


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