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Autor Tema: OPCION 18 AÑOS
ANA

04/05/2010
13:24:46

HOLA, BUENOS DIAS, TENGO UNA OPCIÓN EN LA QUE CUANDO SE PRESETARON LOS PAPELES EL CHICO TENIA 17 AÑOS, AHORA EL DIA DE LA SOLICITUD CUMPLE 18 AÑOS, MI DUDA ES SI LA INSCRIPCIÓN LA HAGO YO O LO TENGO QUE MANDAR A MADRID. LA MADRE SE HIZ0 ESPAÑOLA EN MARZO DE 2010 Y PRESENTO LOS PAPELES EN ABRIL DE 2010.
ESPERO QUE ALGUIEN ME PUEDA AYUDAR, GRACIAS!!


Autor 4 Respuesta(s)
www.cendoreg.es

05/05/2010
23:21:38

Titulo: Re: OPCION 18 AÑOS

A ver... por partes. La adquisición de la nacionalidad por opción se materializa en una comparecencia, no es un expediente gubernativo. Si "presentó los papeles" significa "realizó la comparecencia", entonces el registro competente para inscribir será, en caso de haber transcurrido menos de 180 días desde la adquisición de nacionalidad por residencia del progenitor extranjero naturalizado, bien el RC Central, bien el mismo RC que practicó la inscripción de nacimiento del progenitor naturalizado. Si no ha sido así, y se trató de una "admisión de papeles" pero no de la comparecencia, y, en la actualidad, tiene más de 18 años el optante, entonces no es preciso que el optante esté asistido por sus padres, puesto que en el momento de realizarse el acta es ya mayor de edad, y lo que cuenta es el día y hora en que se realiza.

jorome

06/05/2010
13:12:21

Titulo: opción

Entiendo que si en el momento de extender el Acta el optante ya ostenta la mayoría de edad legal no puede practicarse la inscripción en el Registro Civil en la que consta la inscripción de nacimiento de su madre y debe ser, en este caso, el Registro Civil Central el competente en calificar el Acta.

Saludos,
jorome.

www.cendoreg.es

06/05/2010
18:15:58

Titulo: jorome, muy fino

Jorome es realmente fino en su observación; la Instrucción de 28 de febrero de 2006 dice literalmente:

"Efectivamente, hay razones para entender incluidos en la ampliación competencial de los Registros Municipales llevada a cabo por la Ley 24/2005 aquellas OPCIONES DE MENORES nacidos en el extranjero que trajeran causa directa de expedientes de nacionalidad resueltos favorablemente."

Comparto la opinión de jorome.

Daniel

07/05/2010
3:39:15

Titulo: Re: Titulo

Yo no creo que haya que hacer una interpretación literal y mucho menos si el menor declaró su voluntad de optar siendo menor, asistido por sus padres.


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