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Autor Tema: APROBACION DE RECONOCIMIENTO
MARTA

19/07/2010
14:08:42

TENGO UNA MUJER QUE HA TENIDO UN HIJO CON SU PAREJA PERO ESTE HA FALLECIDO ANTES QUE NACIERA. ESTOY HACIENDO UN APROBACION DE RECONOCIMIENTO INTERVINIENDO COMO TESTIGOS LA MADRE DEL FALLECIDO Y UN HERMANO DEL FALLECIDO. UNA VEZ HECHA ESTA APROBACION TENGO QUE HACER UN RECONOCIMIENTO PATERNO POST MORTEN O CON LA APROBACION DE RECONOCIMIENTO ME SIRVE PARA PARA HACERLE LA MARGINAL DE RECONOCIMIENTO?


Autor 3 Respuesta(s)
kárbiko

21/07/2010
18:32:52

Titulo: Re: APROBACION DE RECONOCIMIENTO

Yo no he hecho ninguno como estos casos..
Son iguales al de los hijos de esos futbolistas que fallecieron y qeu nacieron estando ya muertos sus padres y no estando casados sus progenitores.

Me comentaron qeu se hacían por posesión de estado. O sea, que había indicios que era el padre en virtud de que se desprendía de su comportamiento en vida, que había comentado con familiares o personas que lo iba a ser, ... o por otros medio de prueba.
Hay que notificar a todos los interesados, ya que ese reconocimiento influye en declaratorias de herederos (tanto en la actual, con la herencia del fallecido, como en futuras, por las que le podrían corresponder al mismo y sus hermanos) .
O sea, no escatimes en notificárselo hasta a "el Papa de Roma", si fuera necesario.

Una vez tengas todos, con el auto declarando el reconocimiento paterno, debidamente notificado a las partes y declarado firme, es suficiente para hacer la inscripción marginal del reconocimiento..

(salvo que alguien nos explique mejor cómo hacerlo...)
Salu2
*********************************************
Administrador de www.fororegistrocivil.es

Joane

22/07/2010
13:08:53

Titulo: expediente art. 49

Lo que hay que hacer es un expediente registral del art. 120.2 CC en relación con el 49.2 LRC y 189 y concordantes del RRC. Si falta escrito indubitado del padre (que faltará posiblemente), hay que establecer que el hijo estaba en posesión continua de estado, es decir, que durante el embarazo de la madre lo trató como hijo suyo, y es muy importante citar a los interesados, o sea a los que pueden resultar perjudicados en la herencia si se declara que ese hijo es del muerto. Si hay oposición de estos interesados o del Ministerio Fiscal, no puede aprobarse por expediente registral y tendrán que ir a un procedimiento judicial.

Su nombre ...RCMMH

06/08/2010
8:18:37

Titulo: Re: Titulo

Su mensaje aquí... lo inscribiria como hijo de madre soltera, y tendrian que ir al correspondiente juicio demandando a los padres y hermanos del padre, para que por sentencia firme se declarase que el fallecido es el padre. Yo aqui hice uno así.


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