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Autor Tema: NACIONALIDAD RUSA-ESPAÑOLA
RC BOLTAÑA

13/09/2010
10:19:55

Existe algun convenio o disposición actualmente, que exima a los ciudadanos rusos de la renuncia a su anterior nacionalidad al adquirir la española?, tenemos una chica rusa a la que su consulado le ha dicho que ya puede adquirir la nacionalidad española por residencia sin renunciar a su nacionalidad actual.


Autor 4 Respuesta(s)
Joane

13/09/2010
10:40:32

Titulo: Que yo sepa no, pero...

El que adquiere la nacionalidad española por residencia, por carta de naturaleza está claro que tiene que renunciar conforme al art. 23 CC. El tema de la opción es distinto. Si es menor de 14 años no tiene que renunciar. Y si son opciones de estas excepcionales del exilio en algunos casos tampoco. Pero si se trata del caso normal de adquisición por residencia, hasta donde yo se, tiene que renunciar. En las otras opciones, sí que tendría que renunciar.

Su nombre ...

13/09/2010
18:08:13

Titulo: Re: Titulo

Seguramente el consulado de Rusia le quiso decir que no hay problema en que adquiera la nacionalidad española. Pero aún asi debe declarar en tu registro civil que renuncia a la nacionalidad rusa, aunque dicha declaración no tenga consecuencias.

jorome

13/09/2010
18:27:39

Titulo: renuncia a la nacionalidad anterior

Ya vendría siendo hora que esa declaración sí tuviera consecuencias y el Estado español comunicara de oficio al otro Estado la renuncia efectuada en virtud de lo establecido en la legislación española.
Y si no quieren que tenga consecuencias y se trata solamente de un mero trámite que supriman ese requisito del Código Civil que lo único que hace es incordiar a todos.

Saludos,
jorome.

Su nombre ...

13/09/2010
22:51:05

Titulo: Re: Titulo

Estoy de acuerdo con jorome. Lo primero podría hacerse, pero seguramente sería inútil en casi todos los casos, ya que para renunciar efectivamente a la nacionalidad extranjera, en los casos en que sea posible, se debe hacer ante los funcionarios extranjeros correspondientes, ya que dificilmente una declaración hecha ante un registro civil español pueda ser aceptable para el otro estado.
Por lo tanto apoyo la segunda moción. Ahora falta convencer a los legisladores....


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