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Autor Tema: Vecindad civil hijo recién nacido
Marian

07/07/2011
21:00:50

Dos cónyuges que acreditan haber instado expediente de conservación de la vecindad civil aragonesa actualmente ostentan vecindad administrativa catalana y vienen a inscribir a un hijo recién nacido en el registro civil catalán correspondiente a su residencia. Quieren hacer constar en inscripción marginal que la vecindad civil del recién nacido es la aragonesa, por ser la de ambos progenitores, y que tienen voluntad de que el recién nacido la conserve. Se amparan en que, según el art. 14.6 CC, en caso de duda, prevalece la vecindad civil del lugar de nacimiento. ¿Procede la inscripción marginal que solicitan?


Autor 2 Respuesta(s)
Su nombre ...

10/07/2011
5:47:53

Titulo: Re: Vecindad civil hijo recién nacido

Entiendo que es posible en virtud de los arts 14.2 y 14.3 CC

Marian

11/07/2011
18:19:42

Titulo: Re: Vecindad civil hijo recién nacido

Gracias por la respuesta. Un saludo.


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