REGISTRO CIVIL

FORO DEL REGISTRO CIVIL
 
Palma de Mallorca 2006 - 2018 

[ Lista de Mensajes ]

Autor Tema: Debate sobre artículo 46 nueva LRC
Cendoreg.es

28/05/2012
17:26:00

Planteo abrir debate sobre este artículo de la nueva LRC:

Art. 46 NUEVA LRC "El personal sanitario que asista al nacimiento deberá adoptar las cautelas necesarias para asegurar la identificación del recién nacido y efectuará las comprobaciones que se determinen reglamentariamente para establecer su filiación."

¿Cómo va a casar "esto" con el art. 120 del Código Civil?
"Art. 120. La filiación no matrimonial quedará determinada legalmente: 1.° Por el reconocimiento ante el encargado del Registro Civil, en testamento o en otro documento público.2.° Por resolución recaída en expediente tramitado con arreglo a la legislación del Registro Civil. 3.° Por sentencia firme. 4.° Respecto de la madre, cuando se haga constar la filiación materna en la inscripción de nacimiento practicada dentro de plazo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Registro Civil."

¿Qué opináis?


Autor 2 Respuesta(s)
Carletes

28/05/2012
19:18:13

Titulo: Re: Debate sobre artículo 46 nueva LRC

Muchas preguntas y pocas respuestas, tendremos que esperar al Reglamento que desarrolle la Ley para ver como lo solucionan, en mi opinión los datos que entren en los futuros Registros Civiles procedentes de los hospitales traeran muchos problemas, pero mas grave me parece la división del Registro Civil, en unos años cada uno a su bola, ya pasa ahora con algunos Registros Civiles delegados, en fin por dar una idea los formularios que rellenen los padres en los hospitales junto con su documentacion personal y una declaracion jurada se pueden escanear y mandarlo todo al R.C. telematicamente.

Isidroping

29/05/2012
10:40:28

Titulo: Re:Debate sobre artículo 46 nueva LRC

Cre que tendrán que modificar el Código Civil en todo el tema de la filiación, como han hecho con el art. 30.

Lo que no se, es si los acutales responsables estan por la labor, pues creo que tendriamos que dirigirnos hacia un sistema en que ambos padres esten presentes para inscribir, para dejar constancia de su voluntad en temas como el nombre y los apellidos, sobre el lugar de nacimiento, parece que desparece la posibilidad de hacer constar como lugar de nacimiento un sitio diferente del lugar donde ha ocurrido el hecho.

Parece que en la sociedad actual las presunciones de paternidad, no tienen mucho sentido, comparecen los dos no hay problema, reclamación de paternidad, pueba de adn.


Insertar Respuesta

 
Nombre:
Titulo:
Text:
Publicar:  (Marquelo para que su mensaje se publique.)

[ Lista de Mensajes ]

AVISO IMPORTANTE: Este Foro tiene como único objetivo hablar de temas relacionados con la Registro Civil. Por esto, se excluirán todos los mensajes y expresiones ajenas a esta finalidad.