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Autor Tema: INSCRIPCIÓN DE LA PATRIA POTESTAD PRORROGADA
GLORIA

15/11/2012
13:55:56

LA PRÓRROGA DE LA PATRIA POTESTAD ¿ HA DE ANOTARSE AL MARGEN DE LA INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTO, EN LA SECCIÓN I O EN LA SECCIÓN IV? MUCHAS GRACIAS.


Autor 1 Respuesta(s)
Isidroping

15/11/2012
14:50:42

Titulo: Re: INSCRIPCIÓN DE LA PATRIA POTESTAD PRORROGADA

Al margen del nacimiento, en la inscripción 124, cuando se ha de hacer consta a que regimen queda sometido el declarado incapaz


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