REGISTRO CIVIL

FORO DEL REGISTRO CIVIL
 
Palma de Mallorca 2006 - 2018 

[ Lista de Mensajes ]

Autor Tema: EMANCIPACION RUMANO
JoseREngargadoRC

29/08/2013
11:14:55

Un saludo a todos los compañeros del Foro. Les vengo a exponer un caso un poco complicado para mi punto de vista y a la vez curioso, porque otros compañeros no lo han tenido y no saben aportar una solución. El asunto es el siguiente: un rumano de 17 años con domicilio en España ha solicitado la emancipación, acompañado de su progenito (solo uno, dado que el otro ha fallecido, sin embargo ambos son rumanos). En este caso se le ha recogido dicha solicitud al menor y al progenitor en un acta. La mayor problematica resulta de que al ser la emancipación un hecho relacionado con la capacidad y el estado civil, según el artículo 9.1 del Código Civil la legislación aplicable sería la legislación rumana, al ser esa su nacionalidad. Por tanto se le ha exigido que aporte certificado de nacimiento del menor, del progenitor vivo, certificado defuncion del progenitor fallecillo, así como la legislación rumana sobre capacidad y emancipación (todo debidamente legalizado y traducido). Encontrandose el expediente parado hasta que aporte tal documentación. La cuestión es que no tengo ni idea de como proceder a continuación. Había pensado dar traslado al Fiscal para informe, dado que afecta a un menor y a un estado civil, pero luego no se que hacer, porque me surgen varias dudas: tenemos competencia para emancipar al menor; donde se inscribe la emancipación o que hacemos con la resolución que se dicte, que tramites a continuación se podrían realizar, etc.

Por favor si alguien ha tenido un caso parecido o sabe como debería proceder agradeceria que me ayudar a dar un poco de luz al tema.

Muchas gracias a todos!!!!


Autor 11 Respuesta(s)
Su nombre ...

29/08/2013
12:42:12

Titulo: Re: EMANCIPACION RUMANO

Una vez acreditada mediante la legislación rumana la posibilidad de emancipación en España, entiendo que, en virtud del art. 154-1º del reglamento se puede solicitar una anotación en el Registro Civil Central que sirva de base a la inscripción marginal.

Su nombre ...

29/08/2013
12:51:12

Titulo: Re: EMANCIPACION RUMANO

Acuerdo archivando la solicitud ya que la competencia para el trámite es de la administración del país del solicitante, a la que se deberá dirigir para esa cuestión.

Notificación y al archivo.


Su nombre ...

29/08/2013
12:54:10

Titulo: Re: Titulo

Este trámite de emancipar a los ciudadanos españoles se realliza en los RC Encargados, por lo que los Delegados no tienen competencia.

De los extranjeros ni recojer la documentación.

Si soy español y estoy residiendo en el extranjero, para emancipar a mi hijo menor de edad tengo que dirigirme al Cónsul de España en ese país.

Que hagan ese mismo trámite ellos aquí

Su nombre ...

29/08/2013
13:07:50

Titulo: Re: Titulo

Reitero lo que te he dicho en el primer mensaje.

artículo 15 de la Ley del registro Civil. Reglas generales de Competencia: En el Registro constarán los hechos inscribibles que afecten a españoles y los acaecidos en territorio español aunque afecten a extranjeros

Doy por sentado que tu registro está en territorio español.

Su nombre ...

29/08/2013
13:21:57

Titulo: Re: Titulo

Cuando vienen a inscribir al registro español un nacimiento en España de niño/a extranjero hijo de padres extanjeros o una defunción en España de un extranjero o a celebrar en España el matrimonio de dos extranjeros, ¿también se les manda al consulado sin recoger la documentación? No veo la diferencia entre lo anterior y una emancipación o cualquier acto jurídico inscribible celebrado validamente entre extanjeros en España.

Su nombre ...

29/08/2013
21:17:20

Titulo: Re: Titulo

El nacimineto no es un acto voluntario. La emancipacion lo es y debe de hacerse segun la ley personal del interesado y por las autoridades de la ley personal del interesado. En este caso la Ley Rumana y las autoridades rumanas. Es lo mismo que si un rumano quisiera cambiarse el nombre. Nosotros no pintamos nada. Su nombre y emancipacion van por su ley personal y las autoridadades respectivas.

JoseREngargadoRC: Les estais mareando para algo no no vais a poder resolver.

Su nombre ...

30/08/2013
10:06:49

Titulo: Re: Titulo

¿Y el matrimonio no es acaso un acto voluntario? Y sin embargo se inscribe
Desde luego que la cuestión se puede resolver conforme al art. 154 RRC. y el 15 LRC
Si un rumano quiere cambiarse el nombre, la competencia para acordar el cambio corresponde a sus autoridades extranjeras, pero una vez acordado se puede inscribir en el regisatro español mediante simple comparecencia y presentación de los documentos acreditativos del cambio.
La posibilidad de inscripción en el registro español de un cambio denombre de un extranjero viene perfectamente expuesta en las resoluciones 05/06/2000 - 1ª y 14/01/2005 - 2ª entre otras muchas, que estan en la base de datos de esta web.
La emancipación, aun siguiendo las reglas formales de la Ley extranjera se produce en territorio español por autoridades españolas y por el art. 15 LRC es anotable en el Registro Civil central.
Eso es todo. Recomiendo a JoseREncargadoRC que estudie los artículos citados y que califique y resulva el caso según su criterio.

Un saludo.

Su nombre ...

30/08/2013
11:01:50

Titulo: Re: Titulo

Mándalo al Central que ya verás lo que te contestan....


Su nombre ...

30/08/2013
11:02:26

Titulo: Re: Titulo

después siempre podrán recurrir la calificación del encargado del central

JoseREngargadoRC

30/08/2013
13:42:39

Titulo: Re: Titulo

Sí esta en España el Registro civil, es un registro de pueblo. Yo he pensado cuando se aporte la documentación dar traslado al Fiscal, y ya dependiendo de lo que diga bien remitir al central o bien examinar la falta de competencia. El tema es que es una duda que se ha planteado y algún tramite le tengo que dar aunque sea para archivar por falta de competencia. La cuestión es cual seria la correcta.

Javier

31/08/2013
1:59:14

Titulo: Re: Titulo

No veo por qué quieres darle participación al fiscal. Los padres conceden la emancipación. ¿Qué te hace pensar que el fiscal tiene voz en este asunto?


Insertar Respuesta

 
Nombre:
Titulo:
Text:
Publicar:  (Marquelo para que su mensaje se publique.)

[ Lista de Mensajes ]

AVISO IMPORTANTE: Este Foro tiene como único objetivo hablar de temas relacionados con la Registro Civil. Por esto, se excluirán todos los mensajes y expresiones ajenas a esta finalidad.