REGISTRO CIVIL

FORO DEL REGISTRO CIVIL
 
Palma de Mallorca 2006 - 2018 

[ Lista de Mensajes ]

Autor Tema: TRASLADO INSCRIPCION Y PADRES DIVORCIADOS
CARLOS

26/11/2008
20:20:33

Se solicita un traslado de inscripción de nacimiento de un menor por sus padres y legales representantes, al RC del domicilio donde la madre está empadronada como titular de la guarda y custodia y con el cosentimiento del padre, del que esta divorciada y esta empadronado en otra localidad . A tenor del Art. 76, 2º Parrafo del Reglamento RC se deberia autorizar?


Autor 7 Respuesta(s)
Su nombre ...

26/11/2008
23:16:08

Titulo: Re: TRASLADO INSCRIPCION Y PADRES DIVORCIADOS

Si, siempre y cuando el padre y por comparecencia ante el Juez encargado del registro Civil de su domicilio lo consienta

El Abuelo

26/11/2008
23:51:04

Titulo: Re: Titulo

"Su nombre" (no debes de tener otro...), ¿nos puedes decir en que norma o resolucion de la DGRyN se basa esa interpretacion?

jorome

28/11/2008
20:34:30

Titulo: traslado...

Pues yo también creo que sí debe autorizarse y no veo porqué no ya que si la madre ejerce la custodia del menor debemos entender que el menor convive con la madre. Además, por lo que dice Carlos lo solicitan conjuntamente ambos progenitores.
Y añadiría incluso que si existiera oposición del progenitor debería de autorizarse igualmente el traslado de la inscripción, en el caso de custodia ejercida exclusivamente por la madre.
Saludos a tod@s.
jorome.

El Abuelo

28/11/2008
22:13:42

Titulo: Re: Titulo

Entonces sera a dos a quienes extiendo la pregunta, todavia no contestada: ¿nos podeis decir en que norma o resolucion de la DGRyN se basa esa interpretacion?

jorome

29/11/2008
19:04:20

Titulo: traslado...

Aparte de la normativa general básica (art. 20.1 LRC y 76.1 RRC) me suena de haber leído en su día una Resolución de la DGRN, dictada en fase de recurso, sobre esa cuestión.
Me comprometo a buscarla detenidamente y a facilitar su fecha. Creo recordar que la tengo archivada en la oficina.
Saludos.
jorome.

jorome

30/11/2008
10:49:31

Titulo: traslado

La Resolución de la DGRN de fecha 13 de marzo de 1999 autoriza el traslado de la inscripción de nacimiento de un menor, solicitada exclusivamente por la madre. El padre no pudo siquiera intervenir ya que se ignoraba su paradero.
Bien es cierto que los Registros Civiles implicados estaban radicados en Cataluña y se fundamenta la Resolución en virtud de lo dispuesto en el art. 137 del Código de Familia de Cataluña.
Mi criterio sería autorizar el traslado aunque existiera disconformidad del progenitor (que por lo que dice Carlos no es el caso) y en aplicación de lo dispuesto en el art. 163.2 del Código Civil y/o del referido anteriormente, si el inscrito ostenta la vecindad civil catalana.
Saludos a tod@s.
jorome.

CARLOS

30/11/2008
19:29:46

Titulo: Re: Titulo

Muy curioso el supesto que has indicado Jorome por aplicación del 137 C familia Catalán por ausencia del padre ( aunque creo que el 163-2 no es aplicable al hablar de cesación de patria potestad prorrogada y sujección a tutela o curatela).
Yo no estoy conforme, ni siquiera por analogía con el supuesto de inscripción de nacimiento dentro de plazo en domicilio COMUN en vez del lugar en que acaceció el nacimiento ( Pese a que por Consulta de 9 de Junio de 2005 de la DGRYN en supuesto de diversidad de domicilio corrigió ese fuero de domicilio común por " el del progenitor que asuma la guarda y custodia del hijo") Por que no se está privando de ningún derecho, sino que se supedita ese ejercicio al cumplimiento de unas formalidades administrativas .
Es decir si no teneis un domicilio común pues que la inscripción se quede donde este ( Por que a al RC del domicilio de un progenitor y no del otro ? Y en supuesto de custodia compartida? ) igual que si no teneis un domicilio común , pues se inscribe en el del lugar de nacimiento.
Así lo creo yo, aunque a la vista de la Consulta indicada y tras la Resolución indicada por el Forero Jorome, Una cosa es lo que creo y digo, y otra lo que hago .


Insertar Respuesta

 
Nombre:
Titulo:
Text:
Publicar:  (Marquelo para que su mensaje se publique.)

[ Lista de Mensajes ]

AVISO IMPORTANTE: Este Foro tiene como único objetivo hablar de temas relacionados con la Registro Civil. Por esto, se excluirán todos los mensajes y expresiones ajenas a esta finalidad.