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Autor Tema: inscripcion nacimiento madre indocumentada
RC Villena

30/09/2014
10:14:03

Buenos días. Por favor, si alguien pudiera ayudarme. Se trata de una chica 19 años que según dice ha nacido en España de padres polacos. Carece de cualquier documento de identificación y ha venido para la inscripción de nacimiento de su hijo, ya fuera de plazo. A pesar de que le hemos dicho que vaya a su embajada para obtener alguna documentación que acredite su identidad, parece que no quiere pues da largas al asunto, el caso es que el niño está sin inscribir.
Gracias por anticipado.


Autor 3 Respuesta(s)
RCPALMA

30/09/2014
11:23:30

Titulo: Re: inscripcion nacimiento madre indocumentada

Conforme al art. 7 del reglamento, tal vez esta muijer pueda ser identificada por dos testigos, si existieran personas que la conocieran.

En todo caso el niño puede inscribirse con los datos del parte medico y la declaración de nacimiento. Entiendo que la falta de identificación de lamadre no puede impedir la inscripción del nacido

Un saludo

kárbiko

30/09/2014
21:13:37

Titulo: Re: Titulo

Ten en cuenta que si bien es cierto que la madre nació en España, aún siendo ella extranjera, su hijo es español de origen... salvo que fuera hija de diplomático...

art. 17. Código Civil:
1.- Son españoles de origen:
a) ...
b) Los nacidos en España de padres extranjeros si, al menos, uno de ellos hubiera nacido también en España. Se exceptúan los hijos de funcionario diplomático o consular acreditado en España.
c)...
...


Por si te piden la literal del DNI o si quisiera pedir la nacionalidad para ese niño, que sepas que ya lo es y no hay que tramitar nada..
La cosa es que la Policía sepa el contenido de ese artículo y le haga el DNI.. Cerca de aquí, en una primera visita se negaron a hacérselo, pues para ellos el hijo de una extranjera es extranjero siempre....
Luego les mandamos una copia del art. 17 del Código Civil y ya se lo expidieron.

Salu2

Matadepera

01/10/2014
10:05:25

Titulo: Re: Titulo

Y si está indocumentada... ¿cómo saben que nació en España?, ¿aportará, al menos, su inscripción de nacimiento ya que "según dice"... ha nacido aquí?, dada la transcendencia que eso tiene para la nacionalidad del niño según el mencionado art. 17.1.b...?.
Nada de "si bien es cierto que nació en España...". El mensaje deja claro que aquí no existe certeza alguna.
Mu sospechoso que esté absolutamente indocumentada siendo polaca (si es que lo es) y parezca, como dice Villena, querer dar largas al asunto. Más sospechoso que un billete de 15 euros.
Por cierto, cabe recordar que la normativa de extranjería contempla el supuesto de extranjeros indocumentados. Claro que, en el caso de una ciudadana (supuestamente, por ahora) de la Unión Europea...
En cuanto a la segunda parte del mensaje de kárbiko, a quien, aprovechando esta ocasión, saludo y agradezco sus valiosas aportaciones (aquí y allá): más de una vez y de dos se ha tratado en este y otros foros similares si la aplicación de este artículo 17.1.b requiere declaración de simple presunción o no. Hay opiniones y argumentos para ambas opciones. Yo estoy al 70% en que no, como kárbiko, pero me reservo un 30% de duda, sin entrar en más detalles.


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