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Autor Tema: APELLIDOS RECONOCIMIENTO
RC MOSTOLES

02/10/2015
13:34:11

Buenos días, en un reconocimiento paterno judicial de un mayor de edad no se consignan los apellidos en el auto y se realiza la inscripción con los apellidos que tenia la persona. ¿Es posible que en el plazo de dos meses pueda solicitar esa persona que se le ponga el apellido del padre compareciendo ante el Registro Civil ?.Gracias de antemano


Autor 2 Respuesta(s)
kárbiko

05/10/2015
15:46:46

Titulo: Re: APELLIDOS RECONOCIMIENTO

Todo reconocimiento conlleva el cambio de apellidos.
Si no se indica en la resolución, la LRC indica que el primero es el primero del padre y el segundo es el primero de la madre.
Y así hay que reflejarlo en la inscripción.


Los dos meses son para lo contrario: para que el interesado (o representante legal) comparezca para solicitar mantener los apellidos que tenía antes del cambio producido por el reconocimiento.


Si no consta en la marginal practicada el cambio de apellidos, expediente para rectificar la marginal o más bien para completar datos que se omitieron al practicarla (exp. del art. 296 RRC).

Salu2
kárbiko

RC MOSTOLES

06/10/2015
10:22:05

Titulo: apellidos reconocimiento

Muchas Gracias y un saludo.


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